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Author Topic: Cuaresma en el rito mozarabe  (Read 16231 times)

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Cuaresma en el rito mozarabe
« on: November 04, 2014, 01:32:52 AM »
El ayuno y la penitencia empiezan el Lunes del Ayuno, es decir el lunes de la primera semana de Cuaresma y no el Miércoles de Ceniza que, por otra parte, no existe en este rito 1.
Durante la Cuaresma hispánica no se celebra ninguna fiesta del santoral ni del Señor. La festividad de la Anunciación se celebra el 18 de diciembre y no el 25 de marzo.
(Más detalles sobre la Cuaresma: ver prenotandos 154-155 del Missale Hispano-Mozarabicuм).



Sobre el sentido de la Cuaresma.

En la admonición sacerdotal (oratio admonitionis) de la misa del I Domingo de Cuaresma la Liturgia nos instruye sobre el sentido de la Cuaresma:

Moisés, Elías y el Señor nos indican lo que debemos hacer, no sólo con sus palabras, sino con sus obras: El primero es Moisés, el legislador, el cual, en el espacio de cuarenta días ascendió a la cuмbre de la excelsa montaña. Durante esos días sólo se alimentó de la palabra divina que salía de la boca de Dios. En segundo lugar nos viene Elías, el profeta, que con la fuerza de una sola comida en cuarenta días llegó a lo alto de la montaña. Allí mereció escuchar el mensaje divino relativo a la salvación de los israelitas. El tercero es el mismo Señor nuestro Jesucristo: durante cuarenta días enteros penetró los secretos del desierto y venció todas las tentaciones del diablo. Instruidos, pues, con su ejemplo, esforcémonos por echar de nosotros durante estos cuarenta días toda levadura de corrupción, de modo que podamos transformarnos después en panes ácimos de sinceridad y de verdad 2 .



El ayuno y la abstinencia según el Magisterio de la Iglesia.

Las normas a seguir sobre los días penitenciales, el ayuno y la abstinencia vienen recogidas para toda la Iglesia universal en la Constitución apostólica Pænitemini y en el Catecismo; para la Iglesia Latina en el Código de Derecho Canónico y para las Iglesias Orientales en el Código de los Cánones de las Iglesias Orientales. Además, según los casos pueden estar desarrolladas por las Conferencias Episcopales y los obispos diocesanos.

Veamos lo que dicen estos docuмentos:

1. Constitución apostólica Pænitemini de su santidad Pablo VI por la que se reforma la disciplina eclesiástica de la penitencia (1966):

§.2. Los días de penitencia que han de observarse obligatoriamente en toda la Iglesia son los viernes de todo el año y el Miércoles de Ceniza, o bien el primer día de la Gran Cuaresma, de acuerdo con la diversidad de los ritos; su observancia sustancial obliga gravemente.

§ 3. Quedando a salvo las facultades de que se habla en los números VI y VIII, respecto al modo de cuмplir el precepto de la penitencia en dichos días, la abstinencia se guardará todos los viernes que no caigan en fiestas de precepto, mientras que la abstinencia y el ayuno se guardarán el Miércoles de Ceniza o, según la diversidad de los ritos, el primer día de la Gran Cuaresma, y el Viernes de la Pasión y Muerte del Señor.

2. El Catecismo nos habla de los periodos penitenciales más importantes:

1438. Los tiempos y los días de penitencia a lo largo del año litúrgico (el tiempo de Cuaresma, cada viernes en memoria de la muerte del Señor) son momentos fuertes de la práctica penitencial de la Iglesia. Estos tiempos son particularmente apropiados para los ejercicios espirituales, las liturgias penitenciales, las peregrinaciones como signo de penitencia, las privaciones voluntarias como el ayuno y la limosna, la comunicación cristiana de bienes (obras caritativas y misioneras).

3. El Código de Derecho Canónico dice lo siguiente (cánones 1249 a 1253):

Canon 1249. Todos los fieles, cada uno a su modo, están obligados por ley divina a hacer penitencia; sin embargo, para que todos se unan en alguna práctica común de penitencia, se han fijado unos días penitenciales, en los que se dediquen los fieles de manera especial a la oración, realicen obras de piedad y de caridad y se nieguen a sí mismos, cuмpliendo con mayor fidelidad sus propias obligaciones y, sobre todo, observando el ayuno y la abstinencia, a tenor de los cánones que siguen.

Canon 1250. En la Iglesia universal, son días y tiempos penitenciales todos los viernes del año y el tiempo de Cuaresma.

Canon 1251. Todos los viernes, a no ser que coincidan con una solemnidad, debe guardarse la abstinencia de carne o de otro alimento que haya determinado la Conferencia Episcopal; ayuno y abstinencia se guardarán el Miércoles de Ceniza y el Viernes Santo.

Canon 1252. La ley de la abstinencia obliga a los que han cuмplido catorce años; la del ayuno, a todos los mayores de edad, hasta que hayan cuмplido cincuenta y nueve años. Cuiden sin embargo los pastores de almas y los padres de que también se formen en un auténtico espíritu de penitencia quienes, por no haber alcanzado la edad, no están obligados al ayuno o a la abstinencia.

Canon 1253. La Conferencia Episcopal puede determinar con más detalle el modo de observar el ayuno y la abstinencia, así como sustituirlos en todo o en parte por otras formas de penitencia, sobre todo por obras de caridad y prácticas de piedad.

4. Por su parte, la Conferencia Episcopal Española (21 noviembre 1986, "Boletín de la Conferencia Episcopal", n.º 16, 1987, pp. 155-156) ha dispuesto lo siguiente:

a) Se retiene la práctica penitencial tradicional de los viernes del año, consistente en la abstinencia de carnes; pero puede ser sustituida, según la libre voluntad de los fieles, por cualquiera de las siguientes prácticas recomendadas por la Iglesia: lectura de la Sagrada Escritura, limosna (en la cuantía que cada uno estime en conciencia), otras obras de caridad (visita de enfermos o atribulados), obras de piedad (participación en la Santa Misa, rezo del Rosario, etcétera) y mortificaciones corporales. Sin embargo, en los viernes de Cuaresma debe guardarse la abstinencia de carnes, sin que pueda ser sustituida por ninguna otra práctica. El deber de la abstinencia de carnes dejará de obligar en los viernes que coincidan con una solemnidad y también si se ha obtenido la legítima dispensa.

b) En cuanto al ayuno que ha de guardarse el Miércoles de Ceniza y el Viernes Santo, consiste en no hacer sino una sola comida al día; pero no se prohíbe tomar algo de alimento a la mañana y a la noche, guardando las legítimas costumbres respecto a la cantidad y calidad de los alimentos.

5. Para el Rito Hispano-Mozárabe no hay más normas específicas que las ya mencionadas del prenotando 15 de las Normas sobre el año litúrgico y sobre el calendario en el Rito Hispano-Mozárabe:

15. A lo largo del año se celebran ciertos días de ayuno. El dos de enero cuenta con una Misa «In Initio Anni», que recuerda el antiguo ayuno de comienzo de año que precedía a la fiesta de la Aparición del Señor. También la fiesta de Pentecostés se ve precedida por un día preparatorio y una Vigilia; Letanía de Pentecostés. Del mismo modo la fiesta de san Cipriano -14 de septiembre- y la de san Martín -11 de noviembre-, según antiquísima tradición, van precedidas de un día de preparación, con tono penitencial, las Letanías, que cuentan con formularios propios.

Teniendo en cuenta que en el rito hispano-mozárabe no existe el Miércoles de Ceniza, puede plantearse la duda de si la obligación de ayuno y abstinencia para ese día rige en el ámbito hispano-mozárabe. Entendemos que no, ya que tanto la Constitución Apostólica Pænitamini (1966), como el Código de Derecho Canónico de la Iglesia Latina (1983) son anteriores a la revisión del Calendario Hispano-Mozárabe (1991) que restituyó el orden antiguo de la Cuaresma hispana eliminando el Miércoles de Ceniza de su calendario. Por otra parte, en la constitución apostólica se menciona expresamente la pluralidad de ritos, situando la obligación del ayuno y la abstinencia en el primer día de la Cuaresma, independientemente de qué día sea este. En el caso del rito hispano-mozárabe ese día es el "Lunes de ayuno" ya que el Domingo I por ser domingo no es día válido para ayunar. La propia denominación dada por el misal a la misa del lunes, Missa ieiunii de II feria inchoante Quadragesima, parece dejar claro que en este rito ése es el día en que debe guardarse obligatoriamente el ayuno y la abstinencia de carnes.

 http://www.cathinfo.com/catholic.php?a=post&s=topic&f=26


Cuaresma en el rito mozarabe
« Reply #1 on: November 05, 2014, 01:41:58 AM »
El simbolismo del ayuno cuaresmal según san Isidoro de Sevilla.

San Isidoro en su obra De los oficios eclesiásticos 1 expone los fundamentos básicos de la Cuaresma, su origen, su simbolismo y su razón de ser:

Según las Santas Escrituras, las témporas de ayuno son cuatro y en ellas, mediante la abstinencia y los gemidos penitenciales, se implora al Señor; y si bien es conveniente orar y practicar la abstinencia todos los días, es muy oportuno entregarse más intensamente a los ayunos y penitencias en estas mencionadas témporas.

El primer ayuno es el cuaresmal que, según los libros antiguos, comenzó con Moisés y Elías y lo mismo consta del Evangelio, ya que otros tantos días ayunó el Señor, dando a entender que no hay discordancia entre el Evangelio, la Ley y los Profetas.

En la persona de Moisés se recibió la Ley, en la de Elías, los profetas; flanqueado por ambos se apareció glorioso Cristo en el monte, para que con mayor evidencia se constatase lo que afirma el Apóstol: Teniendo en su favor a la Ley y los Profetas (Rom 3,21). ¿En qué otro tiempo del año se pudo fijar más oportunamente la observancia cuaresmal, que cercana tocando a la Pasión del Señor? Porque en ella se manifiesta la vida mortificada, que tiene por fruto la templanza para que nos abstengamos de los halagos del mundo, alimentándonos sólo del maná, es decir, de los preceptos celestiales y espirituales.

Esta vida se encuentra prefigurada en el número cuadragenario, porque el denario es la perfección de nuestra bienaventuranza, pues la creación se representa por el número septenario, que se une al Creador, y en ello se confiesa la unidad de la Trinidad, anunciada por el mundo universo en el tiempo presente. También porque el mundo es batido por cuatro vientos y está formado por cuatro elementos, y lo cambian las cuatro estaciones del año. Cuatro decenas dan el número cuarenta y con tal número se da a entender que, en todo tiempo ha de abstenerse de deleites y se ha de ayunar y vivir casta y honestamente.

Aún se puede añadir otro misterio por el que se debe observar el ayuno de cuarenta días. La Ley mosaica, en general, prescribía a todo el pueblo ofrecer al Señor Dios los diezmos y primicias. Y así, mientras que en este precepto se nos pide ofrecer a gloria de Dios los principios de nuestras voluntades y los fines de nuestras obras, en el cómputo de la Cuaresma la suma de los décimos legales se contiene. Las décadas de los días del año se reducen a treinta y seis; descontando en la Cuaresma los domingos, días en que no se ayuna, podemos tomar los días cuaresmales por las décimas de todo el año, y así acudimos a la iglesia todos esos días como para cuмplir con las décimas anuales, y ofrecemos a Dios la ofrenda de nuestras obras como sacrificio jubiloso 2.

Esta ley de la Cuaresma, como dice nuestro Casiano, no obliga a los perfectos, que no se satisfacen con la insignificancia de esta prescripción. En cambio, para aquellos que se entregan todo el año a placeres y negocios seculares, establecieron los regentes de las iglesias que, de algún modo obligados por este imperativo legal, se sintiesen constreñidos a dedicar al Señor, por los menos, estos días, y los consagrasen a Dios como décimas de todo el tiempo de su vida que íntegramente a manera de cosecha habían devorado.
 

http://www.hispanomozarabe.es/


Cuaresma en el rito mozarabe
« Reply #2 on: November 05, 2014, 11:26:52 PM »
La recta práctica del ayuno según san Isidoro de Sevilla.

En el segundo libro de las «Sentencias» 3, san Isidoro nos ilustra sobre cómo se debe practicar el ayuno y qué errores se deben evitar:

1. Este es el ayuno perfecto y razonable: que nuestro hombre interior ore cuando el exterior practica el ayuno. La oración franquea más fácilmente el cielo gracias al ayuno, ya que entonces el hombre, espiritualizado, se asocia a los ángeles y se une a Dios con mayor libertad.
2. Por causa del ayuno se revelan incluso los secretos de los misterios celestes y se descubren los arcanos del divino sacramento. Así es como Daniel mereció conocer, por mediación del ángel, el significado oculto de los misterios (Dn 10,1 ss.), pues esta virtud manifiesta las revelaciones de los ángeles y sus mensajes.

3. Los ayunos constituyen armas eficaces frente a las tentaciones diabólicas, ya que con la abstinencia se vencen pronto. De ahí que también nuestro Señor y Salvador nos aconseje que las superemos con el ayuno y la oración al decir: Este linaje (de demonios) no sale si no es con oración y ayuno (Mt 17,21), pues los espíritus inmundos se lanzan con mayor violencia allí donde ven más abundancia de manjares y bebidas.

4. Los santos mientras pasan la vida en este mundo, mantienen su cuerpo sediento por el deseo del rocío celeste. Por ello dice el Salmo: Sedienta de ti está mi alma, y de cuántas maneras mi carne (Sal 60,2). Porque entonces la carne está sedienta de Dios cuando por el ayuno guarda abstinencia y languidece. La abstinencia vigoriza y mata: vigoriza el espíritu y mata el cuerpo.

5. Muchas veces la abstinencia se practica con simulación, y el ayuno, a su vez, se realiza con hipocresía. Algunos, en efecto, laceran sus cuerpos con asombrosa abstinencia, desfigurando su rostro, como dice el Evangelio, para que los hombres vean que ayunan (Mt 6,16). Por ello demudan su rostro, afligen su cuerpo, prorrumpen en grandes suspiros de corazón. Antes de morir se entregan a suplicios mortales y llevan a cabo un esfuerzo tan laborioso no por amor de Dios, sino para asombro de la admiración humana.

6. Algunos se mortifican de modo sorprendente para aparecer santos ante los curiosos; pero tal práctica de la abstinencia no debe estimarse en ellos virtud, sino vicio, pues hacen mal uso de un bien.

7. El ayuno y la limosna quieren se les practique en secreto, para que sólo Dios, que todo lo ve, premie el mérito de las buenas obras, pues quienes lo hacen en presencia de la gente no son, en modo alguno, premiados por Dios, ya que según la frase evangélica, recibieron su recompensa de los hombres. (Mt 6,5).

8. Los ayunos acompañados de buenas obras son agradables a Dios. Mas los que se privan de alimentos y obran el mal, imitan a los demonios, que nunca tienen comida pero siempre iniquidad. Aquel, pues, que se priva de los manjares rectamente se abstiene de las malas acciones y de la ambición.

9. Los que por deseo de execrar la comida y no por voto de abstinencia se privan de alimento de carnes, ellos más bien son dignos de execración, por cuanto rechazan una criatura puesta por Dios al servicio del hombre. En efecto, para los fieles, nada se considera manchado y nada impuro, conforme al testimonio del apóstol Pablo: Todo es limpio para los limpios, mas para los contaminados e infieles nada hay limpio, porque están contaminadas tanto su mente como su corazón. (Tit 1,15).

10. Se desprecia el ayuno que al atardecer se repara con abundante comida, pues no hay que valorar la abstinencia cuando luego ha seguido el hartazgo.

11. Se desprecia el ayuno que al atardecer se compensa con placeres, ya que dice el profeta Isaías: He aquí que en el día de vuestro ayuno se halla vuestro deleite (Is 58,3), pues deleite significan los placeres. Y así como el reclamar la deuda, los pleitos, las rivalidades y los golpes, también los placeres reprueba el profeta en día de ayuno.

12. Porque todo el día imagina banquetes en su mente quien por la tarde se prepara delicias para satisfacer su gula.

13. No hay que aplicar al cuerpo excesiva austeridad, no sea que, por estar el cuerpo sobrecargado con el peso de la abstinencia, luego ni pueda obrar el mal ni se decida a practicar el bien. Por tanto, hay que moderar el trato del cuerpo con inteligente discreción, a saber, que no se agote por completo y que no goce demasiada libertad.

14. Si prevalece la excesiva flaqueza de la carne, nadie puede alcanzar la perfección. Pues, aunque uno tenga deseos de santidad, con todo, no le es posible consumar la obra meritoria que en su intención desea realizar.

15. La excesiva debilidad del cuerpo quebranta, asimismo, el vigor del alma y logra que flaquee también su natural ingenio, ni puede ésta llevar a término bien alguno a causa de su debilidad.

16. Nada en demasía. Pues todo lo que se ejecuta con moderación y mesura es saludable; en cambio, lo que se realiza con exceso y sin medida resulta pernicioso y contraproducente. Así, pues, hay que observar en toda obra moderación y mesura, pues todo lo que excede es peligroso, como el agua, que, cuando llueve en demasía, no sólo no procura utilidad alguna, sino que además ofrece peligro.
 

http://www.hispanomozarabe.es/

Cuaresma en el rito mozarabe
« Reply #3 on: November 06, 2014, 10:45:46 PM »
Introducción

El inicio de la Cuaresma cuenta en el rito hispano con la singular "despedida del aleluya" de la que traemos aquí varias oraciones del Oficio Divino. Pero antes, recurriremos a san Isidoro de Sevilla y a los Concilios hispanos para comprender mejor el origen y el significado del aleluya y de lo que suponía para nuestros antepasados en la fe el cese de su canto en la Cuaresma y otras épocas del año.

a) San Isidoro de Sevilla nos expone brevemente el significado del canto del aleluya en la liturgia:

Los Laudes, es decir cantar el alleluia, es cántico de los hebreos, cuya explicación se resuelve con el significado de dos palabras, es a saber: "alabanza a Dios", de su misterio cuenta Juan en el Apocalipsis que, por revelación del Espíritu, haber visto él y oído la voz del celestial ejército de los ángeles como estrépito de muchas aguas y como estallido de grandes truenos, que decían "alleluia" (Ap 29,6).

Por lo que nadie debe dudar que, mientras se celebra este misterio de alabanza, si con fe verdadera y devoción se realiza, estar unido con los ángeles. El alleluia, lo que mismo que el amén, nunca se traduce del hebreo en otras lenguas, no porque no sea posible la traducción, sino que, como enseñan los doctores, se mantienen estos vocablos en su lengua original a causa de su mayor autoridad.

En las regiones del África, no en todo tiempo, sino únicamente los domingos y cincuenta días después de la resurrección del Señor se canta el alleluia, para significar la futura resurrección y la alegría pascual. Entre nosotros, según una antigua tradición hispana, a excepción de los días de ayuno y de Cuaresma, todo el año se canta el alleluia, porque está escrito: Constantemente permanece su alabanza en mis labios (Sal 33,2).

Que al final del oficio de los salmos y lecciones se concluya con el canto del alleluia, se hace puesta la mirada en la esperanza futura y con ello quiere dar a entender la Iglesia que, después del anuncio del reino de los cielos, que en la vida presente se predica al mundo por medio de ambos Testamentos, nuestras acciones no tienen valor de salvación si no se hacen en alabanza de Dios, tal como está escrito: Bienaventurados los que habitan en tu casa; por los siglos de los siglos te alabarán (Sal 83,5). De aquí que, el Libro de los Salmos se concluya con alabanzas, para mostrar la alabanza eterna, acabado este siglo 1.

b) En el Concilio de Toledo IV (año 633) se establece que en Cuaresma y en las letanías del inicio del año que se celebran antes de la fiesta de la Aparición, debe cesar el aleluya:

XI. Que no se cante durante la cuaresma Aleluya.

También hemos sabido que algunos obispos españoles cantan en los días de la cuaresma el aleluya, fuera de la última semana pascual. Lo cual prohibimos en lo futuro, estableciendo que en todos los dichos días de la cuaresma, y puesto que no es tiempo de gozo sino de tristeza, no se cante el aleluya; pues entonces es necesario insistir más bien en el llanto y en los ayunos, vestir el cuerpo con cilicio y ceniza, abatir el ánimo con el dolor, convertir el gozo en tristeza, hasta que venga el tiempo de la resurrección de Cristo, en el cual conviene cantar alegremente el aleluya y trocar el dolor en gozo.

Esto, pues, se ha visto confirmado con el consentimiento universal de la Iglesia, en todas las regiones de orbe, lo cual conviene se observe también por nosotros en las provincias de España y la Galia. Y también en otras témporas, como las calendas de enero, las cuales se celebran en atención a las torcidas costumbres de los gentiles, no se cantará el aleluya, y en ellas, también fuera del pescado y legumbres, del mismo modo que en la cuaresma, se abstendrán de las restantes carnes, y algunos no beberán tampoco vino. Y si se descubriere que algún obispo, o presbítero, o diácono, o cualquier otro del orden clerical, estima preferible seguir su propio juicio antes que esta determinación, se le obligue a abandonar el oficio propio de su orden y sea privado de comunión de la misma Pascua 2.

Como explica san Isidoro, la palabra aleluya viene del hebreo Hallelu-Jah que quiere decir "alabad a Yah(vé)"; "alabad a Dios". La liturgia hispano-mozárabe nos muestra, en la despedida del aleluya del primer Domingo de Cuaresma, todo el profundo sentido que esta exclamación tenía para los antiguos cristianos.

En efecto, según san Jerónimo el canto del aleluya acompañaba toda la vida de los cristianos de su tiempo (ss. IV-V) incluso mientras realizaban sus labores cotidianas: "Y a cualquier parte que vayas oirás que el labrador mientras empuja el arado canta el aleluya, como el segador bañado en sudor va murmurando salmos, y oirás al viñador que podando la viña canta algo de David" 3. También san Paulino de Nola, san Germán, Beda y otros muchos, dan fe de hasta que punto el aleluya estaba presente en el ánimo y en la vida de los creyentes 4.

Por eso, no es de extrañar que en la liturgia hispana al aleluya se le trate como a una persona amada, se le llame de tú, se le dirijan expresiones que la Escritura usa para dirigirse a la Sabiduría y se le desee un buen viaje y un feliz y pronto retorno.

Y en esta exaltación del aleluya, se recuerda también cómo los "ciudadanos del cielo" (Cf. Ap 19,1-6) que ya gozan de la presencia de Dios, unidos en alabanza ininterrumpida, exultantes, cantan sin cesar "un aleluya sin fin".

Pero la liturgia de ese primer Domingo de Cuaresma nos prepara para despedir al aleluya hasta la Pascua, recordándonos así a los que aun caminamos en esta vida, que no hemos llegado a la meta y no podemos gozar todavía del premio de la victoria, de la alabanza y la alegría sin fin. Movidos por la gracia, hemos de combatir el buen combate (Cf. 2Tim 4,7), y la Cuaresma es un tiempo de combate, de desierto, de preparación; siempre teniendo presente que somos siervos inútiles y que sin el Señor no podemos nada (Cf. Lc 17,10). Por eso, el aleluya debe cesar momentáneamente y, por eso, una escueta rúbrica: "hic clauditur Alleluia" (aquí se despide el Aleluya), tras las laudes de las segundas vísperas, acalla su voz jubilosa hasta la Pascua.

http://www.hispanomozarabe.es/

Cuaresma en el rito mozarabe
« Reply #4 on: November 10, 2014, 12:16:55 AM »
Selección de textos del Breviario

El Domingo I de Cuaresma empieza litúrgicamente con las I Vísperas, en las que se canta el aleluya, al igual que en el oficio de Matutino, hasta que es despedido en las II Vísperas. De todas las oraciones de vísperas, el himno, la completuria, la bendición y las laudes, son aquellas en las que se percibe más claramente ese tono de despedida y es ahí donde se personaliza al aleluya.

De todos estos elementos es destacable el antiquísimo himno del siglo VII 5 Alleluia piis edite laudibus, que está presente en las I Vísperas, Laudes y II Vísperas. Se trata del primer himno hispano-mozárabe con estribillo, al decir de Hygini Anglés 6- en el que a cada dos versos no rimados se repite: Alleluia perenne. Este himno se cantaba durante largo rato, como se desprende de los antiguos manuscritos en los que figura con neumas de hasta noventa notas 7.

 

BREVIARIUM GOTHIcuм
Vísperas del I Domingo de Cuaresma

Hymnus / Himno 8
   Allelúia piis édite láudibus,
Cives æthérei, psállite unanímiter
      Allelúia perénne.
   Hinc vos perpétui lúminis áccolæ
Ad summum resonáte hymníferis choris
      Allelúia perénne.

   Vos Urbs exímia suscípiet Dei,
Quæ lætis résonans cántibus, éxcitat
      Allelúia perénne.

   Felíci réditu gáudia súmite,
Reddéntes Dómino gloríficuм melos,
      Allelúia perénne.

   Almum sidéreæ jam Pátriæ decus
Victóres capite, quo cánere possítis
     Allelúia perénne.

   Illic Regis honor vócibus ínclytis
Jocúndum réboat cármine pérpetim
      Allelúia perénne.

   Hoc fessis réquies, hoc cibus, hoc potus
Obléctans réduces, háustibus áffluens
      Allelúia perénne.

   Te suavísonis cónditor áffatim
Rerum carmínibus, laudéque pángimus
      Allelúia perénne.

   Te Christe célebrat glória vócibus
Nostris omnípotens, ac tibi dícimus:
      Allelúia perénne.
      Allelúia perénne.
   Amen.
    Cantad aleluya en respetuosa alabanza;
ciudadanos del cielo, entonad unánimemente
      un aleluya sin fin.

   Poderes que estáis ante la luz eterna
cantando himnos en coros, haced que resuene hasta lo alto
      un aleluya sin fin.

   La Ciudad Santa se levanta hacia Dios,
y con alegres cánticos armoniosos proclama
      un aleluya sin fin.

   Con felices canciones se alegran,
entregando al Señor con voz agradecida,
      un aleluya sin fin.

   Almas resplandecientes, que habéis alcanzado la Patria celestial,
vencedores al fin, vuestro canto seguirá siendo
      un aleluya sin fin.

   Allí, con gran clamor, resuenan por siempre
las melodías que en honor de su Rey cantan
      un aleluya sin fin.

   Este es el dulce descanso para los exhaustos; el deleite para los que vuelven; la alegre comida y la bebida que nunca se acaba:
      un aleluya sin fin.

   A ti, por quien han sido hechas todas las cosas,
te alabamos y entonamos con los más dulces sonidos,
      un aleluya sin fin.

   A ti, omnipotente Cristo, cantan nuestras voces tu gloria.
A ti te decimos:
      Aleluya sin fin.
      Aleluya sin fin.
   Amén.
 

 

Completuria / Oración conclusiva
Alleluia in cœlo, et in terra: in cœlo perpetuatur, et in terra cantatur. Ibi sonat jugiter: hic fideliter. Illic perenniter, hic suaviter. Illic feliciter, hic concorditer. Illic ineffabiliter: hic instanter. Illic sine syllabis: hic modulis. Illic ab Angelis: hic a Populis.
Quam Christo Domino nascente in laude et confessione nimis ejus, non solum in cœlo, sed et in terra Cœlicolæ cecinerunt: dum gloriam in excelsis Deo, et pacem in terra bonæ voluntatis hominibus nuntiaverunt. Quæsumus ergo, Domine, ut quorum ministeria nitimur imitari laudando, eorum mereamur consortium beatæ vitæ vivendo.
 Aleluya en el cielo y en la tierra, se perpetúa en el cielo, se canta en la tierra, allí suena siempre, aquí también fielmente; allí, perennemente, aquí con suavidad; allí con felicidad, aquí con concordia; allí inefablemente, aquí con afecto; allí sin versos, aquí con rimas. Allí por los ángeles, aquí por todos los pueblos.
Pues, así como no solo en el cielo cantaron alabanzas los ciudadanos del cielo al nacer nuestro Señor Jesucristo sino que también en la tierra anunciaron gloria a Dios en el cielo y paz en la tierra a los hombres de buena voluntad, te pedimos, Señor, que los que imitamos en la tierra el deslumbrante ministerio de esas alabanzas merezcamos compartir con aquellos la dicha de la salvación.
 

 

Laudes Cf. Sal 90,11
Ibis, Allelúia. Prósperum iter habébis, Allelúia.
R/. Et íterum cuм gáudio revertáris ad nos. Allelúia.
V/. In mánibus enim suis portábunt te: ne unquam offéndas ad lápidem pedem tuum.
R/. Et íterum cuм gáudio revertáris ad nos. Allelúia.

V/. Glória et honor Patri et Fílio et Spirítui Sancto in sæcula sæculórum. Amen.
 Te vas, Aleluya. Que tengas buen viaje, Aleluya.
R/. Y vuelvas contento a visitarnos, Aleluya.
V/. Que los ángeles te lleven en sus brazos para que tu pie no tropiece en piedra alguna.
R/. Y vuelvas contento a visitarnos, Aleluya.

V/. Gloria y honor al Padre y al Hijo y al Espíritu Santo, por los siglos de los siglos. Amén.
 
 

http://www.hispanomozarabe.es/