Send CathInfo's owner Matthew a gift from his Amazon wish list:
https://www.amazon.com/hz/wishlist/ls/25M2B8RERL1UO

Author Topic: Las reglas monásticas en la península ibérica  (Read 399 times)

0 Members and 1 Guest are viewing this topic.

Offline poche

  • Hero Member
  • *****
  • Posts: 16730
  • Reputation: +1218/-4688
  • Gender: Male
Las reglas monásticas en la península ibérica
« on: June 03, 2017, 03:49:37 AM »
  • Thanks!0
  • No Thanks!0
  • En España, a diferencia del resto de Europa, la entrada de la regla de San Benito va a ser un proceso tardío. Durante la época visigoda, la españa árabe y la alta reconquista, era común a una comunidad monástica «reglar» su vida usando un conjunto de reglas contenidas generalmente en códices regularum,(1) colecciones con las reglas y tratados ascéticos de los monjes de Egipto: Pacomio, Macario, Basilio; las reglas de San Agustín, San Jerónimo, Casiano etc. Muchos obispos españoles comenzaron a sentir la necesidad de adaptar estas reglas a la realidad y necesidades de la península y comenzaron a escribir también reglas y escritos que se fueron añadiendo a estos códices. La primera y más antigua que se tenga noticia es la compuesta antes del 590 el obispo de Gerona, Juan de Biclaro, desgraciadamente hoy perdida.(2) Hacia el 600 San Leandro de Sevilla escribe su De institutione virginum et contemptu mundo, conocida como regla de San Leandro, obra escrita por el santo a instancias de su hermana Florentina y su comunidad de vírgenes. El hermano menor de San Leandro, San Isidoro, escribe también entre el 615 y el 624 su Regula monachorum. Isidoro intenta mitigar la dureza de las reglas orientales y escribe en lenguaje sencillo y llano. Ofrece un modo concreto de organizar el oficio divino, la admisión de novicios, la abolición de las clases sociales en la comunidad, el trabajo manual y el castigo de los trasgresores de la regla. En Galicia van a surgir otras reglas con adaptaciones hispanas de los textos de Agustín, Jerónimo, etc., pero la más importante es la Regula monachorum de Fructuoso de Braga escrita entre el 630 y el 635. Esta regla junto con una segunda recensión llamada la Regula communis compuesta entre el 665-680, reflejan la situación de la vida monástica galaico-portuguesa, con los peligros latentes de comunidades heterodoxas, monasterios familiares y presbiterales, los antagonismos entre el episcopado que vivía bajo alguna regla y el episcopado secular, las admisiones en la vida monástica de familias enteras, de ancianos y de fugitvos de la justicia, la cercanía sospechosa de monasterios masculinos y femeninos, etc. Al final traen el famoso pactum, una profesión monástica que tiene la forma de un contrato casi-feudal entre el abad y sus monjes.(3) Las reglas monásticas ibéricas van a trascender su origen geográfico e influyeron en la reforma monástica carolingea. En efecto, San Benito de Aniano incorpora las reglas de San Isidoro y San Fructuoso a su Codex regularum. En España la regla de San Benito comienza a abrirse paso recién a fines del siglo IX. Tan tarde como 1055, el Concilio de Coyanza permitía a los monasterios elegir entre las reglas de San Isidoro y San Benito. A fines del siglo X va a aparecer la última de las reglas hispánicas. Se trata del Libellus regularis, regla de monjas compuesta en la Rioja por el abad Salvo de Albelda (951-962). Consiste de extractos de la regla de San Benito, la Explanatio de Esmargardo, el oficio litúrgico hispanico y la profesión en forma pactual.

    http://webs.advance.com.ar/pfernando/DocsIglMed/Monacato_Pactual.html